El Gobierno canario transfiere 5 millones de euros para empresas y personas autónomas de La Palma

La consejera de Economía, Conocimiento y Empleo del Gobierno de Canarias, Elena Máñez, junto a la directora del Servicio canario de Empleo (SCE), Dunnia Rodríguez, en La Palma

La presidenta del Servicio Canario de Empleo (SCE), Elena Máñez, ha firmado la resolución por la que se subvencionará al Cabildo de la isla un proyecto de Apoyo a la recuperación de los negocios a las personas autónomas y empresas afectadas por la erupción volcánica, sus efectos colaterales, y otras circunstancias con repercusión en la economía insular

La consejera de Economía, Conocimiento y Empleo del Gobierno de Canarias y presidenta del SCE, Elena Máñez, ha firmado la resolución que concede una nueva subvención, con cargo a los 30 millones de euros del Plan Integral de Empleo de La Palma que aporta el Ministerio de trabajo y Economía Social.

En concreto, la partida asciende a cinco millones de euros, que servirán para que el Cabildo insular pueda desarrollar un proyecto para apoyar a la recuperación del tejido productivo de La Palma. El proyecto tiene por objeto paliar el impacto económico que están teniendo en las personas autónomas y empresas de la isla de La Palma los daños ocasionados por la erupción volcánica del 19 de septiembre de 2021, agravada por la crisis económica y empresarial devenida por la pandemia internacional del COVID-19 (SARS-CoV-2) y por la subida de los precios del combustible, luz, tipos de interés y escasez de productos, derivada de la guerra en Ucrania.

La finalidad de esta subvención es apoyar a las personas trabajadoras autónomas y a las empresas de la isla de La Palma, como medida de soporte y protección al tejido productivo, ante las negativas consecuencias económicas generadas por las circunstancias expuestas a efectos de incentivar la recuperación y la reactivación de la economía y de contribuir al mantenimiento de sus empresas y el empleo.

Tal y como recoge el proyecto presentado, en el año 2022, con crédito financiado al cien por cien por el Servicio Canario de Empleo, en el marco del Plan Extraordinario de Empleo y Formación (PEEF) para hacer frente a las consecuencias de la erupción volcánica en la isla, fue aprobada la convocatoria de subvención directa para Apoyo a la recuperación de los negocios de las personas autónomas y empresas de la isla de La Palma, con una ampliación de crédito posterior a su aprobación, que alcanzó un importe total de 6.410.023,62 euros, y a la que concurrieron un total de 2.632 solicitudes.

Ahora, se añade esta partida de 5 millones de euros, que se debe ejecutar antes de final de año y que compensará por los daños de las tres circunstancias extraordinarias que se han acumulado en los estados de cuentas de los negocios palmeros: la erupción, la pandemia y la crisis inflacionista derivada de la invasión de Ucrania.

Una vez que el Cabildo publique la convocatoria, tendrán la condición de beneficiarias de las subvenciones las personas físicas o jurídicas, tales como las personas autónomas, las sociedades mercantiles, entidades de economía social, sociedades civiles, comunidades de bienes u otras actividades económicas sin personalidad jurídica, con domicilio fiscal o sede social con algún centro de trabajo ubicado en la isla de La Palma.

Deberán estar legalmente constituidas y encontrarse en el momento de presentar la solicitud de subvención, activas, dadas de alta en alguna actividad económica, empresarial o profesional del Impuesto de Actividades Económicas (IAE) o de la Clasificación Nacional de las Actividades Económicas (CNAE 09) antes del 1 de enero de 2023 y ser desarrollada en la isla de La Palma.

En el caso de las personas autónomas (empresarias o profesionales), podrán beneficiarse quienes estén en situación de alta en el Régimen Especial del Trabajo Autónomo (RETA) de la Seguridad Social, Régimen Especial de Trabajadores del Mar o, en su caso, de alta en una de las mutualidades sustitutorias del RETA, con fecha del alta antes del 1 de enero de 2023. No se incluye a los trabajadores y trabajadoras autónomas, socios y socias de sociedades mercantiles, de sociedades civiles privadas, de comunidades de bienes, de cooperativas o sociedades laborales, los miembros de órganos de administración de sociedades y los trabajadores y trabajadoras o familiares autónomos colaboradores.

En el caso de las comunidades de bienes, sociedades civiles u otras agrupaciones de interés económico que, aun careciendo de personalidad jurídica propia, puedan llevar a cabo las actividades para las que se destina la subvención, podrán obtener la condición de beneficiarias de la subvención cuando estén desarrollando una actividad económica con ánimo de lucro y procedan a nombrar una persona representante con poderes acreditados para representar la misma y cumplir las obligaciones como beneficiaria, en el caso de personas socias comuneras mancomunadas en que todas sean las representantes.