Abierto el plazo de enmiendas en el Congreso a la nueva ley del deporte

IUSPORT Enero 16, 2022

El plazo de enmiendas estará abierto hasta el 17 de febrero. Una ley que España no necesita pues su objetivo principal es demoler un modelo deportivo que el deporte español ha aceptado en los últimos cuarenta años para reemplazarlo por otro que deja en total desamparo a los clubes y deportistas frente a la eventual arbitrariedad de las federaciones

La Mesa del Congreso ha remitido a la Comisión de Cultura y Deporte para su dictamen el proyecto de Ley del Deporte, con el establecimiento de un plazo de enmiendas que finalizará el jueves 17 de febrero.

Colectivos del mundo del deporte, como la Asociación de Futbolistas Españoles (AFE) o ProLiga, que representa a clubes no profesionales de fútbol, ya han avanzado su intención de remitir propuestas de enmiendas a los grupos parlamentarios, que son los únicos legitimados para ello, relacionadas con temas de convenio colectivo, fiscalidad y con la supresión de competencias del Tribunal Administrativo del Deporte (TAD), en el caso del segundo, por la obligación de acudir a la jurisdicción civil para recurrir las sanciones federativas.

El texto, aprobado por el Consejo de Ministros el pasado 17 de diciembre para actualizar (?) la normativa vigente desde octubre de 1990, reconoce cuestiones obvias que no precisan de una nueva ley, como el derecho a la actividad física y el deporte; regula las distintas figuras de deportistas -profesionales, no profesionales, de alto nivel, alto rendimiento, pero sí introduce cambios radicales en el régimen disciplinario en perjuicio de los clubes y deportistas.

Se privatiza la disciplina deportiva, que a partir de ahora será "de pago", en contra del modelo que ha tenido España en los últimos cuarenta años. La vulneración de las reglas del juego y la competición queda en manos de las federaciones deportivas y ligas profesionales, que establecerán su propio sistema de infracciones, sanciones y forma de coerción de estas, respetando los principios esenciales del procedimiento administrativo sancionador pero sin la intervención del poder público en instancia alguna, por lo que el TAD "ya no conocerá en vía de recurso de las sanciones impuestas a miembros de estas entidades ni, lógicamente, el orden contencioso-administrativo".

"Por el contrario", señala, "las diferencias que se sustancien en este ámbito serán susceptibles de resolverse en la correspondiente jurisdicción civil, o mediante el sometimiento voluntario y previo a un sistema arbitral". Por consiguiente, los afectados tendrán que rascarse el bolsillo tanto si acuden a un arbitraje como si piden amparo a los tribunales de lo civil, con el agravante en este caso de que, debido a la saturación de los mismos, dictarán sentencia cuando ya la temporada habrá terminado.

La futura ley exceptúa, sin que se haya explicado el porqué de esa diferenciación, "aquellas sanciones que supongan privación, revocación o suspensión definitiva de todos los derechos inherentes a la licencia por la comisión de infracciones muy graves". En estos casos sí podrá acudirse al TAD. Pero, ojo, si la sanción es de suspensión, por ejemplo, de 4 años (que equivale a la jubilación del deportista), no podrá recurrirse al TAD, sino al juzgado de lo civil.

Por otro lado, producto de los pactos del PSOE con el PNV y grupos catalanes, el texto reitera lo aprobado en la reciente ley de presupuestos: acaba con la obligación de transformación en sociedad anónima deportiva para participar en competición profesional, que se impuso para tratar de acabar con la insolvencia de los clubes profesionales de fútbol principalmente.

Igualmente, con la nueva ley desaparece la exigencia del aval del 15% del presupuesto de gasto, obligatorio hasta ahora para el acceso a las Juntas Directivas de los clubes no SAD. A partir de ahora, como quería Laporta, serán los clubes los que establezcan la cuantía en sus estatutos.

Como apunte positivo, la exposición de motivos de la ley que llega al Congreso señala que "no podía ignorar el desamparo legal de las mujeres deportistas en situación de embarazo ante la pérdida de ayudas y subvenciones bajo el pretexto de no haber competido" y alude a la pérdida de derechos como el del voto en las asambleas generales de las federaciones, "así como las dificultades manifiestas para la conciliación familiar y la reincorporación a la actividad deportiva tras la maternidad".

"Para ello, las deportistas mantendrán sus derechos de voto aun cuando no cumplan los requisitos generales establecidos en la ley, especialmente los que exigen el mantenimiento de un tiempo mínimo de la licencia o de la práctica de la actividad deportiva, y conservarán sus derechos como deportistas de alto nivel una vez transcurrido este periodo, sin perjuicio de la necesidad de implementar políticas activas que asienten estos principios", añade.

En resumen, una ley que España no necesita pues su objetivo principal es demoler un modelo deportivo que el deporte español ha aceptado en los últimos cuarenta años para reemplazarlo por otro que deja en total desamparo a los clubes y deportistas frente a la eventual arbitrariedad de las federaciones.

Publicado en Nacional, Deportes