El MAPA ha publicado hoy una orden que extiende las medidas anunciadas la semana pasada a todas las explotaciones de cría de aves del país, tanto en territorio continental como insular

El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA) ha decretado hoy jueves, 13 de noviembre, el confinamiento de las aves de corral que se crían al aire libre en granjas de todo el territorio nacional mediante una orden ministerial con efecto inmediato publicada en el Boletín Oficial del Estado (https://www.boe.es/boe/dias/2025/11/13/) en respuesta, según señala esta administración, al aumento del riesgo de expansión de la influenza aviar.

Esta decisión supone la extensión a todas las granjas avícolas de España, incluidas las explotaciones ecológicas y las de autoconsumo o las que produzcan carne o huevos para su venta directa al consumidor, de las medidas preventivas adoptadas la semana pasada para las zonas consideradas de especial riesgo y vigilancia, independientemente de que se encuentren en territorio continental o insular.

De esta forma el confinamiento obligatorio, que hasta ahora afectaba en Canarias exclusivamente al municipio de Pájara por ser una zona con gran presencia de aves migratorias, se extiende a todo el territorio del Archipiélago, al igual que en el resto del país. Esta decisión, explica el Ministerio en nota de prensa, se toma tras la elevación del riesgo de entrada de la enfermedad en España y tiene en consideración factores como el número de focos notificados en Europa, los puntos en los que se localizan y los movimientos de aves silvestres desde zonas de riesgo en el continente.

Con la extensión a todo el territorio español de las medidas de protección frente a la influenza aviar que contempla la Orden APA/2442/2006, el Estado establece la obligación de cumplimento de las actuaciones preventivas trasladadas hace meses a los ganaderos de las islas por el Gobierno de Canarias como recomendación para preservar la salud animal en todas las islas, que ya muchos ganaderos venían aplicando.

Desde el mes de julio, según recogen los datos difundidos hoy por Ministerio en un comunicado, se han notificado 139 brotes de influenza aviar en granjas avícolas de Europa. En España se han producido 14 focos en explotaciones, la mitad de ellos en Castilla y León, además de 53 en aves silvestres y 5 en cautivas.

Entre las medidas que recoge la orden ministerial destacan la prohibición de dar agua a las aves de corral procedente de depósitos a los que puedan acceder aves silvestres, salvo en caso de que sea tratada a fin de garantizar la inactivación de posibles virus de influenza aviar. Por este motivo, los depósitos de agua situados en el exterior, requeridos para determinadas aves de corral, quedarán protegidos suficientemente contra las aves acuáticas silvestres.

Además queda prohibida de la cría patos y gansos con otras especies de aves de corral, así como la presencia de aves de corral u otro tipo de aves cautivas en los centros de concentración de animales, incluidos los certámenes los certámenes ganaderos, muestras, exhibiciones y celebraciones culturales, así como cualquier concentración de aves de corral u otro tipo de aves cautivas.

La medida adoptada por el Gobierno de España para zonas de especial riesgo y vigilancia frente a la influenza aviar, que entra en vigor el lunes, afecta exclusivamente al municipio majorero de Pájara, al ser área de tránsito de aves migratorias

El Ejecutivo autonómico explica que aunque no tienen carácter obligatorio se mantienen las recomendaciones preventivas trasladadas al sector hace meses para que las aves de cría al aire libre de todo el territorio canario permanezcan en espacios interiores

El Gobierno de Canarias, a través de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Soberanía Alimentaria, informa de que la medida de confinamiento obligatorio de aves de corral en aquellas zonas consideradas de especial riesgo y de especial vigilancia, anunciada por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA), afecta en el Archipiélago únicamente al municipio de Pájara, en Fuerteventura, por su condición de área de paso y concentración de aves migratorias. El Ejecutivo autonómico explica que aunque no tienen carácter obligatorio se mantienen las recomendaciones preventivas trasladadas al sector hace meses para que las aves de cría al aire libre de todo el territorio canario permanezcan en espacios interiores.

Esta disposición, que entrará en vigor el próximo lunes, 10 de noviembre, forma parte de la resolución del MAPA, la cual recoge medidas adicionales de refuerzo para prevenir la propagación del virus de la influenza aviar, ante la constatación esta semana de un aumento del riesgo por la proliferación de casos en Europa (sobre todo en aves silvestres), los movimientos migratorios y el descenso de las temperaturas. Efecta a 1.199 municipios de Andalucía, Aragón, Canarias, Cantabria, Castilla y León, Castilla-La Mancha, Cataluña, Comunidad de Madrid, Comunidad Valenciana, Extremadura, Galicia, Islas Baleares, La Rioja, Navarra, País Vasco, Principado de Asturias, Región de Murcia, Ceuta y Melilla. Como se indicaba anteriormente, en el caso de Canarias, la declaración tiene alcance exclusivamente en el municipio de Pájara, donde se han identificado humedales y zonas costeras de interés ornitológico que lo sitúan dentro de dicho listado estatal.

El Ministerio, de acuerdo con las comunidades autónomas, activa la totalidad de las medidas de protección frente a la influenza aviar que contempla la Orden APA/2442/2006, de 27 de julio, que recoge una serie de prohibiciones y obligaciones en las zonas de especial riesgo y de especial vigilancia. Estas son la prohibición de la utilización de pájaros de los órdenes anseriformes y charadriformes como señuelo; de cría de patos y gansos con otras aves de corral; y de cría de aves de corral al aire libre (cuando esto no sea posible, la autoridad competente podrá autorizar el mantenimiento de aves de corral al aire libre mediante la colocación de telas pajareras o cualquier otro dispositivo que impida la entrada de aves silvestres; en este caso, las aves tendrán que alimentarse y abrevarse en el interior de las instalaciones o en un refugio que impida la llegada de aves silvestres y evite el contacto de éstas con los alimentos y el agua destinados a las de corral)

Queda prohibido asimismo dar agua a las aves de corral procedente de depósitos de a los que puedan acceder aves silvestres, salvo en caso de que sea tratada a fin de garantizar la inactivación de posibles virus de influenza aviar. Los depósitos de agua situados en el exterior requeridos por motivos de bienestar animal para determinadas aves de corral quedarán protegidos suficientemente contra las aves acuáticas silvestres.

También se prohíbe la presencia de aves de corral u otro tipo de aves cautivas en los centros de concentración de animales, incluidos los certámenes los certámenes ganaderos, muestras, exhibiciones y celebraciones culturales, así como cualquier concentración de aves de corral u otro tipo de aves cautivas.

Para el resto del territorio, tanto el Gobierno de Canarias como el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación recuerdan la necesidad de extremar las medidas de bioseguridad en las explotaciones avícolas, especialmente aquellas destinadas a evitar el contacto con aves silvestres, así como reforzar la vigilancia pasiva, y notificar cuanto antes cualquier sospecha de enfermedad a los servicios veterinarios oficiales. Esta recomendación fue comunicada hace meses por el Ejecutivo canario a los ganaderos de las islas como una recomendación de carácter preventivo para todas las islas para proteger la salud animal.

El Ejecutivo regional continuará colaborando con el Ministerio y con el sector para mantener la vigilancia epidemiológica, garantizar el cumplimiento de las medidas de bioseguridad y difundir información actualizada y rigurosa a las explotaciones afectadas y a la ciudadanía.