Considera que, pese a la demora, no hubo dejadez, pasividad ni abandono por parte de la Administración

En cambio, sí reprocha a Función Pública que no contestara la reclamación previa que hizo el opositor, a quien por ello libera del pago de las costas

Julio Pérez cree que, en cualquier caso, hay que reducir la duración de los procesos selectivos, que en la actualidad duran meses o años, por cómo está regulada su tramitación. A su juicio, hay margen para acortar los plazos

El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Santa Cruz de Tenerife ha desestimado el recurso interpuesto por un opositor que reclamaba una indemnización a la Consejería de Administraciones Públicas, Justicia y Seguridad del Gobierno de Canarias por la demora excesiva en la toma de posesión de la plaza del cuerpo administrativo, tras haber superado las pruebas selectivas.

Según recoge la sentencia, datada el pasado 18 de abril, se desestima el recurso “por no concurrir la existencia de dilaciones indebidas o demoras injustificadas en el proceso selectivo”, pues, aunque reconoce que el procedimiento se prolongó más allá de lo establecido por ley, quince meses, no fue por inactividad administrativa ni por dejadez, pasividad o abandono por parte de la Administración.

A juicio del magistrado que firma la sentencia, que puede ser recurrida, Función Pública aprobó dos resoluciones con el objetivo de ampliar el plazo, en 7 meses y 15 días, en un caso, y en tres meses más, el otro, y el recurrente no impugnó ninguna de ellas, ni tampoco una tercera que declaró inhábil el mes de agosto.

Además, considera que la Administración ha dejado constancia expresa de cuáles son las razones en las que se ha amparado y de haber actuado siempre de forma coherente con ellas, y, sin embargo, el recurrente en ningún momento puso objeción a la mismas, a pesar de ser públicas y perfectamente conocidas por una persona que trabaja en la Administración.

Teniendo en cuenta estas premisas, que se pudo reaccionar contra la ampliación de los plazos y la declaración de inhabilidad de agosto, y no se hizo, el magistrado entiende que no ha lugar ahora a reclamar una responsabilidad patrimonial para resarcir los daños que se hayan podido ocasionar.

“La responsabilidad patrimonial -recoge la sentencia- no puede utilizarse como un medio para evitar la aplicación de resoluciones consentidas por los interesados ni como una vía alternativa a la interposición de los recursos correspondientes para someter a examen la legalidad de dichas resoluciones”.

Tampoco el demandante reaccionó frente al acto de nombramiento y toma de posesión ni instó el reconocimiento de sus efectos retroactivos impugnándolos en tiempo y forma para corregir los efectos de la demora.

No obstante, el Juzgado de los Contencioso-Administrativo número 1 de Santa Cruz de Tenerife sí reprocha a la Administración su actuación por no haber respondido expresamente a la reclamación previa efectuada por el opositor, y, como correctivo a esa mala práctica, le libera del pago de las costas.

El consejero de Administraciones Públicas, Justicia y Seguridad, Julio Pérez, ha considerado que, “en cualquier caso, hay que reducir la duración de los procesos selectivos, que en la actualidad duran meses o años, por cómo está regulada su tramitación”.

En su opinión, “hay espacio para una regulación que respete las garantías y la pureza de los exámenes y evaluación, pero que, a su vez, abrevie trámites y acorte plazos”.

Opo disEl Cabildo de Gran Canaria ha celebrado este jueves el primer ejercicio del proceso selectivo para cubrir una plaza de peón en el Jardín Botánico Viera y Clavijo, “se trata de las primeras oposiciones específicas para personas con discapacidad intelectual que lleva a cabo la corporación insular y que han precisado de materiales de examen adaptados, de lectura fácil y personal de apoyo, antes, durante y después del proceso”, ha explicado la consejera de Función Pública y Nuevas Tecnologías, Margarita González.

El pasado viernes los representantes de Plena inclusión Canarias entregaron al Cabildo el protocolo de actuación en materia de empleo público para las personas con discapacidad intelectual “para que pudiéramos aplicarlo en la celebración del examen de hoy y en futuras pruebas de las mismas características para optar a la plaza que ha sido convocada después de un análisis de la relación de puestos de trabajo de la corporación para que la persona seleccionada pueda desarrollar su potencial en un entorno favorable a su inserción laboral”, ha dicho Margarita González.

Opo dis 2El proceso selectivo, en el que Plena inclusión Canarias ha asesorado al Cabildo para su correcta ejecución, se ha llevado a cabo en un espacio diáfano, bien iluminado y susceptible de división por zonas, a su vez, los componentes del tribunal calificador, así como el personal colaborador, ha sido asesorado sobre el perfil específico del aspirante y del contenido del temario en formato de Lectura Fácil que se encuentra en la página web del Cabildo.

En esta primera convocatoria se han inscrito 12 personas y 6 se han presentado al examen, “esperamos que esta primera experiencia sirva como punto de partida para que más personas con discapacidad intelectual se animen a participar en estos procesos selectivos como el que vamos a convocar en las próximas semanas para cubrir una plaza de mozo o moza que tendrá las funciones propias de vigilante de ordenanza y también esperamos poder aprobar la oferta pública del 2021 antes de que finalice el año”, ha subrayado la consejera.

Actualmente el Cabildo de Gran Canaria es la única Administración Pública de Canarias que ha celebrado un proceso selectivo de estas características, cumpliendo con la exigencia legal de reservar un 2% de las plazas de empleo público para personas con discapacidad intelectual impulsando la inserción laboral de este colectivo y siendo coherentes con el interés de la institución a la hora de implantar el Plan de Accesibilidad Universal del Cabildo de Gran Canaria.

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