El abono se realiza en un pago único a las unidades de convivencia y tiene como objetivo compensar el aumento de precios de los productos básicos durante el año 2022

Durante el primer trimestre de 2023, la misma bonificación extraordinaria de 250 euros también será ingresada a los 43.000 canarios y canarias con pensiones no contributivas

El Gobierno de Canarias ha dado el visto bueno al Decreto ley por el que se aprueba el abono de una prestación extraordinaria de 250 euros a las personas titulares de la Prestación Canaria de Inserción (PCI), para compensar el aumento de los precios de los productos básicos durante el año 2022.

Este complemento llegará, con datos a mes de noviembre de 2022, a 11.924 familias beneficiarias de la Prestación Canaria de Inserción, de las cuales 4.504, con datos de septiembre, cuentan con personas menores a cargo.

Además del complemento a la PCI, la Consejería de Derechos Sociales anuncia que durante el primer trimestre de 2023 esta bonificación extraordinaria de 250 euros también será ingresada a los 43.000 canarios y canarias con pensiones no contributivas.

La cuantía y pago de la prestación citada se fija en 250 euros por unidad de convivencia, que se abonará mediante un pago único y se realizará de oficio por la Consejería de Derechos Sociales, Igualdad, Diversidad y Juventud del Gobierno de Canarias a las unidades de convivencia beneficiarias de la PCI.

El abono de este complemento se justifica en el incremento de los precios de los productos básicos que, según datos aportados por el Instituto Canario de Estadística, han aumentado en un 15,9% solo en lo referente a los alimentos.

Este complemento extraordinario se suma, pues, al refuerzo de otras prestaciones económicas llevadas a cabo por el Estado que se han recogido en subidas temporales del 15% mientras dure la situación de inflación en el Ingreso Mínimo Vital y en las pensiones no contributivas, correspondiendo a Canarias realizar los refuerzos propios de las prestaciones autonómicas destinadas a las personas con pocos o ningún ingreso.

El Consejo Consultivo dictamina su conformidad con dicho texto

El Consejo del Gobierno aprobó hoy, jueves 10 de noviembre, el decreto por el que se establece la ordenación y el currículo de Primaria en las islas, tras recibir la conformidad del Consejo Consultivo a través de su dictamen, quedando ahora pendiente el trámite de publicación en el Boletín Oficial de Canarias (BOC).

La nueva ley educativa, la Lomloe, modifica de forma significativa la ordenación y la organización de las enseñanzas y recuperan los tres ciclos antes existentes en la etapa de Primaria, al reordenar las áreas con objeto de favorecer el desarrollo y la adquisición de las competencias en el alumnado. Dicha norma introduce importantes cambios, muchos de estos derivados de la conveniencia de adaptar el sistema educativo a los retos y desafíos del siglo XXI, de acuerdo con los objetivos fijados por la Unión Europea y la Unesco para la década 2020-2030, por lo que este currículo establece los aprendizajes que han de regir la práctica docente en Primaria y contribuye a la adaptación del sistema educativo canario a los retos y desafíos presentes.

Los principios que han guiado la concreción del currículo se materializan en la importancia de que el alumnado adquiera los aprendizajes imprescindibles para continuar su desarrollo como ciudadanía activa, crítica y responsable en el plano individual, social y académico-profesional; una norma que facilita y orienta el desempeño docente, que fomenta la integración de las áreas en situaciones de aprendizaje funcionales y contextualizadas a través de la participación activa en entornos socialmente relevantes y significativos, y que se puedan simular en el contexto educativo.

Asimismo, esta herramienta visibiliza los principios pedagógicos de una escuela que persigue el éxito de todo el estudiantado que supera factores generadores de desigualdad y el riesgo de exclusión social, y que facilita las relaciones entre áreas al tiempo que cuida la coherencia y el tránsito entre etapas y ciclos a través de la progresión adecuada de todos los elementos curriculares, por lo que resulta necesario prestar una especial atención al paso desde Infantil a la continuidad hacia la Educación Secundaria Obligatoria, todo ello con el fin de garantizar desde los primeros años de escolarización la continuidad en la formación del alumnado y la prevención del abandono escolar temprano.

En definitiva, en esta etapa se pretende que el alumnado acceda a aprendizajes que garanticen una formación integral que contribuya al desarrollo de su personalidad y lo prepare para cursar con aprovechamiento la Educación Secundaria Obligatoria (ESO).

Las áreas que conforman esta enseñanza se centran en el desarrollo y la adquisición de las competencias clave a través de la participación activa del alumnado en situaciones de aprendizaje funcionales y contextualizadas, de manera que pueda continuar desarrollándose en el plano individual, social y académico. En este sentido, los currículos integran valores y aprendizajes que inciden en el ejercicio de una ciudadanía responsable, consciente y respetuosa de los derechos y las libertades fundamentales.

Además, la educación en el patrimonio natural, social e histórico-cultural canario impregna todos los currículos de esta etapa y favorece que el alumnado conozca, aprecie y respete los aspectos culturales, históricos, geográficos, naturales, sociales y lingüísticos más relevantes del archipiélago.

En la redacción de este decreto y sus currículos se sigue considerando fundamental la educación emocional del alumnado, de manera que, desde todas las áreas de la etapa y, especialmente, a través de la implementación del área de Educación Emocional y para la Creatividad -que se extiende hasta el 6º curso-, se incide en que el alumnado aprenda a percibir, reconocer y comprender sus emociones, desarrollando una conciencia emocional que le permita generar vínculos afectivos positivos y empáticos. Otro aspecto novedoso es el incremento en la presencia de la Educación Física y la Educación Artística.

Las 2.232 plazas de la OPE 2022 se añaden a las existentes de procesos anteriores que en total suman 8.741 que quedan incluidas en el proceso de estabilización

De las 8.741, un total de 6.803 corresponden a plazas ocupadas en los últimos cinco años que serán resueltas por un concurso de méritos, mientras que el resto corresponde a plazas ocupadas de entre tres y cinco años que accederán a un proceso de concurso oposición contemplado en la Ley 20/2021

El decreto integra 2.042 plazas de la OPE adicional para la estabilización del empleo temporal del personal estatutario, 190 de la OPE adicional para la estabilización del personal laboral. Además hay 908 plazas de la tasa de reposición

El Consejo de Gobierno aprobó, este jueves, el decreto por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público del personal estatutario para 2022 y la Oferta de Empleo Público adicional para la estabilización del empleo temporal del personal estatutario y laboral del Servicio Canario de la Salud, según lo dispuesto en la Ley 20/2021 de 28 de diciembre de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público.

El decreto aprobado hoy, que entrará en vigor con su publicación en el Boletín Oficial de Canarias, integra un total de 2.042 plazas correspondientes a la OPE adicional para la estabilización del empleo temporal del personal estatutario y 190 de la OPE adicional para la estabilización del empleo temporal del personal Laboral, además de 908 plazas a la tasa de reposición de personal estatutario que se suman a las ya aprobadas en procesos anteriores y que en total suman 8.741 plazas para la estabilización.

Del total de plazas vigentes, 8.741 corresponden a plazas incluidas en el proceso de estabilización, de las que 6.803 corresponden a plazas ocupadas en los últimos cinco años que serán resueltas por un concurso de méritos, mientras que el resto corresponden a plazas ocupadas de entre tres y cinco años que accederán a un proceso de concurso oposición contemplado en la Ley 20/2021.

Desglose de plazas

El total de plazas básicas vacantes de la OPE de 2022 de personal estatutario es de 908 plazas resultantes de la tasa de reposición con un total de 20 categorías profesionales, de las que las más numerosas corresponden a los facultativos especialistas de Área con 247 plazas, 71 de médicos de familia, 192 de auxiliares administrativos, 119 de celadores y 55 administrativos.

La OPE Adicional para la estabilización del empleo temporal del personal estatutario es de 2.042 plazas básicas vacantes que afectan a 44 categorías profesionales entre las que destacan, por más numerosas, las 956 de Enfermería, las 411 de Auxiliares de Enfermería, las 167 de Facultativos Especialistas de Área, 97 de matronas y las 64 de pinches, entre otras.

Asimismo, la OPE Adicional para la estabilización del empleo temporal del personal Laboral consta de 190 plazas básicas vacantes que afecta a los trabajadores de los centros hospitalarios con personal laboral como el Insular de Lanzarote, el Insular de Gran Canaria, el HUC y el Dr. Negrín.

Las 190 plazas se distribuyen entre un total de 32 categorías profesionales de las que las de Auxiliar de Enfermería, administrativos, enfermeros y auxiliares administrativos son las más numerosas con 62, 45, 19 y 13 plazas respectivamente.

De acuerdo con los ayuntamientos, modifica los anexos de la norma aprobada el 30 de julio de 2018 con el fin de concretar determinados criterios sobre recursos e indicadores técnicos y facilitar su aplicación

La Comisión de Protección Civil y Atención de Emergencias en Canarias informa de manera favorable los planes de emergencias de Artenara, Arucas y Santa Úrsula, y ya son 56 los municipios que han homologado este documento con el PLATECA de 2015

También informa favorablemente y por unanimidad, para que sigan su tramitación, los planes de Gestión del Riesgo de Inundación de El Hierro y La Gomera, tras escuchar a sus redactores y los técnicos del Servicio de Protección Civil y Atención de Emergencias

La Comisión de Protección Civil y Atención de Emergencias, órgano presidido por el consejero de Administraciones Públicas, Justicia y Seguridad del Gobierno de Canarias, Julio Pérez, ha informado este miércoles, de forma favorable, la propuesta de orden que, con objeto de mejorar la seguridad de las zonas de baño marítimas de las islas, modifica los anexos del Decreto 116/2018, de 30 de julio, que regula medidas a aplicar para la seguridad humana y para la coordinación de las emergencias ordinarias y de protección civil en playas y otras zonas de baño marítimas de la Comunidad Autónoma de Canarias.

Tal y como ha explicado la jefa del Servicio de Protección Civil y Atención de Emergencias del Ejecutivo canario, Montserrat Román, esta modificación es fruto de la experiencia adquirida desde la entrada en vigor del citado decreto y se produce tras haber alcanzado el acuerdo con los ayuntamientos de los municipios costeros. Con ella se pretende concretar determinados criterios e indicadores técnicos y facilitar su aplicación.

Entre los cambios más importantes, y de acuerdo con la Federación Canaria de Municipios, ha destacado que incluye la posibilidad de que los municipios compartan recursos humanos y móviles en las labores de vigilancia y salvamento, y regula el perfil del técnico redactor que elabore los planes de salvamento.

Además, según ha apuntado, reafirma que las banderas a utilizar para indicar los diferentes niveles de riesgo serán de color rojo, amarillo y verde. Rechaza que existan más, pues se crea confusión y no ayuda a identificar los colores con los grados de peligro.

Ha avanzado que, aunque no se incluyen dentro de esta orden, se sigue trabajando en las propuestas para la cartelería y que ya existen, de hecho, algunas recomendaciones sobre este particular a las que se pueden acceder a través de la página web infoplayascanarias.es.

La Comisión de Protección Civil y Atención de Emergencias también ha informado de forma favorable del Plan de Emergencia Municipal (Pemu) de Artenara, Arucas y Santa Úrsula, con lo que ya son 56 los municipios de las islas que cuentan con esta herramienta técnica para hacer frente a situaciones de emergencia generales homologada con el Plan Territorial de Emergencia de Protección Civil de la Comunidad Autónoma de Canarias (PLATECA) de 2015.

En los dos primeros, según ha expuesto su redactor, se han incorporado factores a tener en cuenta como la discapacidad, la habilitación de albergues municipales temporales y la atención al protocolo de protección de animales impulsado por la Consejería de Administraciones Públicas, Justicia y Seguridad.

Además, la Comisión ha informado, igualmente de forma favorable, de los planes de Gestión del Riesgo de Inundación de las demarcaciones hidrográficas de El Hierro y La Gomera, elaborados por sus correspondientes consejos insulares de aguas, que mejoran los anteriores, al actualizar su contenido de acuerdo a los planes de Protección Civil actuales e incluir algunos mecanismos como la alerta temprana.

A propuesta de la subdelegada del Gobierno en Las Palmas, María Teresa Mayans, se ha acordado que dichos planes contemplen, de forma anticipada, las ayudas a las que pueden acogerse para la recuperación en caso de que ocurra algún incidente relacionado con esta materia.

Junto a los ya citados, en la Comisión de Protección Civil y Atención de Emergencias en Canarias han participado, entre otros, el director general de Seguridad y Emergencias, Gustavo Armas, en calidad de vicepresidente; el jefe del Servicio de Régimen Jurídico y Modernización de la Dirección General de Seguridad y Emergencia, Carlos Martín, en calidad de secretario; la viceconsejera de Turismo, Teresa Berástegui; el director del Centro de Coordinación y Emergencias y Seguridad (CECOES), Moisés Santos; la directora general de Centros, Infraestructuras y Promoción Educativa, María Candelaria González; la subdirectora de Protección Civil y Emergencias, Marta Moreno; el alcalde de Artenara, Jesús Díaz; su homólogo de Arucas, Juan Jesús Facundo, y el exdirector técnico del PEVOLCA Miguel Ángel Morcuende.

La normativa autonómica tiene como objeto la reconstrucción de los inmuebles destinados a vivienda y también su rehabilitación

El Consejo de Gobierno ha aprobado este jueves el decreto ley autonómico que adopta medidas urgentes en materia urbanística para la reparación de los daños ocasionados por la erupción volcánica de la isla de La Palma, con el fin de que las personas que hayan perdido sus viviendas puedan proceder a la reconstrucción de otras. El documento cuenta con la conformidad de los tres ayuntamientos afectados: Los Llanos de Aridane, El Paso y Tazacorte, además del Cabildo Insular de La Palma.

Esa normativa, cuyo ámbito territorial son los términos municipales afectados por ese proceso eruptivo y sus coladas, tiene como último objetivo la reconstrucción de inmuebles destinados a vivienda y además su rehabilitación.

El texto también define los conceptos que sirven de base a la regulación de la norma: vivienda habitual, vivienda legal y vivienda asimilada a la situación de legalidad. En cuanto a las situaciones urbanísticas en que podían encontrarse las edificaciones destruidas, se distingue entre las de legalidad y las asimiladas a la primera, que comprenden las situaciones de consolidación, afectación por actuación pública y fuera de ordenación, conforme a los conceptos legales contenidos en la Ley del Suelo y de los Espacios Naturales Protegidos de Canarias.

La reconstrucción podrá ejecutarse en cualquier parcela que esté clasificada como suelo urbano, suelo rústico de asentamiento, suelo rústico común, suelo rústico de protección agraria y suelo rústico de protección paisajística. Se excluyen los espacios naturales protegidos, los incluidos en la Red Natura 2000, las parcelas destinadas a dominio público y las que puedan resultar afectadas por riesgos de cualquier naturaleza, según el Plan Insular de Ordenación o el Plan de Gestión de Inundaciones.

La edificabilidad máxima será la del inmueble sustituido, adaptándose a la tipología del entorno en el que se encuentre la parcela. En el caso de inmuebles en situación de fuera de ordenación, se limita la altura en función de la clase y la categoría del suelo.

En cuanto a la edificación, puede afectar a parcelas que aún no tengan todos los servicios propios de la urbanización primaria y secundaria, por lo que se prevé la imposición de la dotación de los servicios que demanden dichas edificaciones, salvo en suelo urbano consolidado, donde se impondrá la ejecución de la urbanización necesaria para que la parcela adquiera la condición de solar.

En esta línea, se excluye el requisito de estar abiertas al uso público, en condiciones adecuadas, todas las vías que circunden la parcela, limitándose exclusivamente a la vía que permita el acceso a ella.

Dichas obras de implantación de servicios podrán realizarse de forma simultánea a la ejecución de las correspondientes edificaciones, que podrán conservar su emplazamiento en el caso de que la respectiva parcela se ubique dentro de una unidad de actuación.

El procedimiento para la concesión de las correspondientes autorizaciones se basa en el procedimiento establecido en el artículo 342 de la Ley del Suelo y de los Espacios Naturales Protegidos de Canarias, si bien la competencia se atribuye al pleno del ayuntamiento correspondiente, como órgano competente para la aprobación de la ordenación urbanística que resultará derogada singularmente.

Por último, se prevé la entrada en vigor de la norma el mismo día de su publicación y una aplicación temporal de esta limitada a dieciocho meses, dado su carácter extraordinario.

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